Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la reforma a los artículos 116 y 127 de la Constitución de México para que ningún funcionario, entre ellos los titulares de los organismos autónomos y de universidades, puedan ganar más que el Presidente del país ni bajo el amparo del Poder Judicial.
Con votos en abstención del PAN y del PRD, el dictamen fue modificado en el Pleno de San Lázaro. Uno de los cambios fue al segundo transitorio, el cual establece que el ajuste salarial se realizará en el ejercicio fiscal siguiente a la entrada en vigor del decreto.
También se le agregó un cuarto transitorio que señala un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto para establecer un organismo técnico responsable de los estudios para definir los parámetros, elementos y procedimientos relativos a la remuneración de los servidores públicos.
La ahora minuta sostiene en el artículo 116 que los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como las personas de derecho público, órganos y organismos con autonomía reconocida en las constituciones y leyes locales, deberán incluir dentro de sus proyectos de presupuesto, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que percibirán sus servidores públicos.
Mientras, en el artículo 127 se menciona que los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, personas de derecho público, órganos y organismos a los que la presente Constitución o las leyes les otorguen autonomía recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
La minuta será enviada al Senado para que sea votada por mayoría calificada.
viernes, 11 de octubre de 2019
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