sábado, 18 de abril de 2020

AUTORIDADES PROHÍBEN CREMAR CADÁVERES DE PERSONAS FALLECIDAS POR COVID-19

Estados, 18 abril 2020.- La Secretaría de Salud prohibió la incineración de cuerpos no identificados e identificados y no reclamados que hubieran fallecido a consecuencia del Covid-19, y pidió a las autoridades tomar medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria.

En la edición vespertina del viernes del Diario Oficial de la Federación, la dependencia prohibió expresamente a las instituciones públicas y privadas de salud inhumar los cadáveres en fosas comunes, de conformidad con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas que establece que los cadáveres o restos de personas de identidad desconocida o no reclamados no pueden ser incinerados ni disponer de sus pertenencias.

De acuerdo con el decreto, las autoridades deberán facilitar la trazabilidad de los cuerpos mediante tumbas individuales o fosas específicas para casos sospechosos o confirmados de Covid-19 y especificar que se trata de una defunción a consecuencia del virus SARS-CoV-2.

En el caso de los cuerpos sospechosos o confirmados, no se podrá realizar exhumación antes de cumplirse 180 días a partir de la fecha en que se haya inhumado. Los estados que hubieran emitido lineamientos de incineración de cadáveres cuya causa de defunción sea el Covid-19 deberán realizar inmediatamente los ajustes.

La Secretaría de Salud contará con un manejo de información que incluya datos de todas las personas a las que se brinde servicio de hospitalización por el nuevo virus, incluidos los datos de las personas fallecidas y deberá actualizarse conforme a los lineamientos de vigilancia epidemiológica.

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