CDMX, 20 octubre 2020.- Con 345 votos a favor, 49 en contra y 3 abstenciones, se modificó el decreto por el cual se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los municipios, la cual permitirá que puedan realizar una mejor atención a la emergencia sanitaria y la reactivación económica. Los diputados consideraron que con la reforma a esta ley se dan mayores herramientas a las entidades y sus municipios, y se les permite redirigir recursos para desastres naturales para que sean usados en la atención a las contingencias o emergencias sanitarias.
Patricia Terrazas, presidenta de la Comisión de Hacienda, indicó que esta reforma contiene las bases para que la población afectada por una emergencia sanitaria pueda ser atendida. Además, dijo, contiene medidas para la reactivación económica y para coaccionar con las medidas que establezcan las haciendas públicas locales.
De acuerdo con el dictamen aprobado, las entidades federativas y los municipios, podrán diferir el pago de su deuda por un plazo de hasta 12 meses.
La Ley de Disciplina Financiera contiene además medidas para que los estados puedan incrementar sus erogaciones de servicios personales para atender la emergencia; se integra la definición de emergencia o contingencia sanitaria; y la posibilidad de que los estados puedan solicitar un mayor endeudamiento a los congresos locales.
Una medida con carácter de “excepción” fue incluida para ayudar a los gobiernos estatales y municipales que presenten caídas superiores al 5 por ciento en el Producto Interno Bruto.
Entre las acciones para la reactivación se encuentra el otorgamiento de una línea de financiamiento, la reducción de los requisitos para municipios con población menor a 200 mil habitantes y la exclusión de requisitos para proyectos de asistencia técnica para créditos.
Los congresos locales estarán facultados para autorizar financiamientos por dos o tres años para proyectos que generen un alto impacto en ingresos.
martes, 20 de octubre de 2020
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