CDMX, 18 mayo 2021.- La Ley de Hidrocarburos permanecerá suspendida por tiempo indefinido, pero sus resoluciones aún pueden ser impugnadas ante un Tribunal Colegiado, a través de un recurso de revisión.
Los titulares de los juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializados en Competencia Económica otorgaron suspensiones definitivas a las empresas del sector que reclaman el estatuto publicado el 4 de mayo.
Las compañías que obtuvieron la medida cautelar son: Viga Express, Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil y Dalia Pilar Lamarque Picos.
En el caso del juez Rodrigo de la Peza, la medida cautelar otorgada suspende todos los efectos y consecuencias derivados de los artículos 51, 57, 59 bis, transitorios cuarto y sexto de la Ley.
Los mencionados artículos prevén la suspensión (por seguridad nacional, seguridad energética o economía nacional) y revocación del permiso (por no cumplir con el requisito de almacenamiento mínimo que determine la Secretaría de Energía) y la posibilidad de que únicamente sea la empresa productiva del Estado, la facultada para manejar y controlar las instalaciones de las empresas intervenidas, ocupadas o suspendidas.
Mientras que Gómez Fierro concedió la suspensión definitiva para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos transitorios cuarto y sexto del decreto reclamado.
Lo anterior es así porque se permitiría que únicamente las quejosas y las empresas del Estado tuvieran participación para el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas y que sólo las quejosas se encontrarán exentas de la sanción establecida en los artículos cuarto y sexto transitorio reclamados, en contraposición con los demás permisionarios que participan en el mercado de hidrocarburos.
La nueva reforma eliminó la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, lo que brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones.
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