CDMX, 24 octubre 2024. Con votación dividida, el Tribunal Electoral aprobó que el Instituto Nacional Electoral continúe con la organización de la elección de juzgadores, al concluir que a pesar de las decenas de suspensiones judiciales, debe prevalecer su obligación constitucional de garantizar los derechos electorales de la ciudadanía.
La magistrada Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón estuvieron en contra por motivos diferentes. Otálora porque consideró que la resolución debía aplazarse hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva los asuntos que tiene en trámite; y Rodríguez Mondragón porque sostuvo que el TEPJF no tiene facultades para intervenir en resoluciones de amparo.
Después de más de una hora de debate, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña resumió su proyecto destacando que si la Sala Superior debe resolver, es porque la misma Suprema Corte sabe que no es procedente suspender un proceso electoral pues va en contra de la lógica legal y constitucional.
“La elección está en curso, suspenderlo sería ir en contra del artículo 41 de la constitución en materia electoral, ‘la interposición de medios legales no impondrá efectos suspensivos’, y esto es lógico porque en proceso electoral todo es urgente y no puede suspenderse.
“Si la Constitución dice que no hay suspensión, la propia Corte no podría suspenderlo porque está obligada al cumplimiento de la Constitución. Además, la Corte puede tomarse un año o dos para resolver, por eso en un asunto electoral se debe resolver aquí.
“No nos estamos metiendo con las sentencias de amparo, no podríamos revocar ninguna porque no es nuestra competencia, como ahora la Corte deberá resolver si ahora, los jueces de amparo por una situación extraña ya pueden suspender elecciones. Los jueces de amparo no ordenan suspensiones electorales como nosotros no resolvemos divorcios, para decirlo así”.
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