CDMX, 24 octubre 2024. La esperanza de Mario Aburto de recuperar su libertad de manera inmediata quedó frustrada luego de que la Suprema Corte revocó un amparo que permitía su liberación tras cumplir 30 años preso por el homicidio en 1994 del entonces candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio.
Este miércoles la Primera Sala de la Corte ordenó reponer el juicio de amparo que un tribunal federal había otorgado a Aburto con el argumento de que se debe escuchar a las víctimas del crimen, es decir, a la familia de Colosio.
Con esta decisión queda vigente, por ahora, la sentencia de 45 años de cárcel que se cumple en 2039; sin embargo, una vez que se reponga el procedimiento el Tribunal Colegiado puede volver a amparar a Aburto.
Asimismo, la Fiscalía General de la República (FGR) tendrá oportunidad de impugnar el fallo, por lo que el asunto puede llegar de nuevo al máximo tribunal.
La ministra Lenia Batres emitió el voto decisivo para apoyar el proyecto presentado por su par Juan Luis González Alcántara Carrancá, el cual menciona lo siguiente: “Un tribunal de amparo que decide que es innecesario llamar a las víctimas indirectas de delitos por el solo hecho de que hay una sentencia de condena —como sucede en el caso— es una decisión que difícilmente puede tomar en cuenta un parámetro objetivo.
En ese sentido, el proyecto del ministro puntualiza que la Primera Sala de la Corte considera que “las víctimas indirectas del delito deben ser llamadas al juicio constitucional con el fin de garantizar su derecho a la verdad y conocer la situación jurídica del sentenciado.
Ahora el Tribunal Colegiado deberá ordenar las diligencias necesarias para llamar al juicio de amparo a quienes puedan tener el carácter de terceros interesados.
jueves, 24 de octubre de 2024
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